Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
II.4.
II.4. Por memorial de 8 de febrero de 2004 (fs. 97), Walter Calle Laura, solicitó requerimiento dirigido a la autoridad recurrida para que certifique sobre la inscripción en los Registros de Esperanza Barreto Villca, Esperanza Aranibar Villca, Josefina Coca Barreto, Arminda Coca Barreto, Josefina Coca Aranibar, Arminda Coca Aranibar y la existencia de la partida de matrimonio de Esperanza Aranibar Villca y Alejandro Coca Navia, en cuyo mérito el fiscal Felix Santiago Ugarte ordenó por requerimiento de 12 de febrero de 2004 (fs. 97 vta.) a la autoridad demandada se franqueé la certificación solicitada, la que fue emitida el 17 de febrero de 2004 (fs. 98-99).
- recurso de hábeas data
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los libros y tarjetas como las copias
- base de datos
- únicas autorizadas
- publicidad
- 1.
- la identidad de los interesados
- permite
- administrativa
- III.2.
- APROBAR