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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2004-R

    Fecha: 21-Sep-2004

    únicas autorizadas

    De acuerdo al art. 78 del DS 24247, estos datos constituyen el insumo técnico destinado a conformar la base de datos del sistema informático del Registro Civil, siendo las Direcciones Nacional y Departamentales, las únicas autorizadas para otorgar certificados computarizados, que serán copia fiel de la base de datos y tendrán plena fuerza probatoria.

    • recurso de hábeas data
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Los libros y tarjetas como las copias
    • base de datos
    • únicas autorizadas
    • publicidad
    • 1.
    • la identidad de los interesados
    • permite
    • administrativa
    • III.2.
    • APROBAR

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