Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
II.5.
II.5. El 12 de febrero de 2004, el recurrente interpuso demanda de rectificación de partida de nacimiento dirigida a la autoridad demandada (fs. 116), la misma que una vez subsanada (fs. 118), fue admitida por Auto de 26 de febrero de 2004 dictado por el Juez Décimosegundo de Partido en lo Civil (fs. 119).
- recurso de hábeas data
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los libros y tarjetas como las copias
- base de datos
- únicas autorizadas
- publicidad
- 1.
- la identidad de los interesados
- permite
- administrativa
- III.2.
- APROBAR