Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1515/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
II.8.
II.8. Por memoriales presentados el 18 de febrero y 20 de junio de 2003, el actual recurrente solicitó al Concejo Municipal que se corrija el ilegal procedimiento adoptado respecto a los terrenos de propiedad de sus poderconferentes, pidiendo que luego de seis años de trámite, se aprueben de una vez los planos o se efectúe la respectiva expropiación (fs. 705 y 720 a 721), y el 5 de diciembre de 2003 Julio César y Franz Alberto Gamboa Rojas acudieron al Concejo Municipal solicitando se ratifique o complemente la OM 3100/2003, así como resolver a la brevedad posible la representación del Alcalde respecto al art. 2 de dicha Ordenanza (fs. 750 a 751 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- ,
- III.7.
- APROBAR en parte