SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1515/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1515/2004-R

Fecha: 21-Sep-2004

III.6.

III.6. Con relación a la actuación de la Alcaldesa recurrida, consta que la parte recurrente elevó sus pedidos para que sus terrenos sean expropiados, en cumplimiento a la OM 3100/2003;  sin embargo, el art. 122.I de la LM  señala expresamente que “Los Gobiernos Municipales están facultados para ejercer el derecho de expropiación de bienes privados mediante Ordenanza Municipal, dentro del ámbito de su jurisdicción, con sujeción a la Constitución Política del Estado y a lo establecido por la presente ley”;  empero,  en el caso que se analiza, no se dictó Ordenanza alguna de declaratoria de necesidad y utilidad alguna, lo que impidió  al  Ejecutivo Municipal  proceder a la expropiación de los terrenos reclamados.