Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1540/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.4.
II.4. El 3 de junio de 2003 (fs. 14), de acuerdo con el requerimiento fiscal emitido previamente, el Presidente del Tribunal Disciplinario Sumariante del Comando Departamental de Policía dictó el Auto Inicial del Sumario Informativo contra el actor, por haber incurrido en las previsiones del art. 140 del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional, advirtiendo a las partes que a partir de la notificación con el mismo, corría el periodo de prueba de 10 días hábiles.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- el Comandante Departamental de Policía mediante memorando 2547/03 instruyó al actor que por disposición de su despacho, estaba destinado a prestar funciones en la Unidad de Seguridad Ciudadana “Polivalentes”
- II.4.
- se tiene que el recurrente no fue habido en su domicilio y se desconocía su paradero al no haber podido recabar información en el Comando General de la Policía Nacional, por lo que procedió a notificarlo mediante “cedulón” fijado en estrados de ese Tribunal. Ante lo cual, el Presidente del citado Tribunal dispuso por Auto de 6 de junio de 2003 (fs. 16) se notifique al actor mediante edicto, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y contumaz a la Ley
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III.1.
- 1442/2002-R,
- III.2.
- III.3.
- APROBAR