Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1557/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.5.
II.5. A pedido del Banco coactivante, a través del Auto de 15 de marzo de 2004 (fs. 43 vta.), el Juez de la causa adjudicó el inmueble ubicado en la zona de Chimboco, a favor de aquella entidad en el 80% del valor de la última base en compensación a la deuda. En 27 de marzo de 2004 (fs. 49 y 50), la actora planteó apelación contra el citado Auto esgrimiendo los mismos argumentos utilizados en su demanda de amparo. Dicha apelación fue concedida por Auto de 13 de abril de 2004 (fs. 52).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- Auto 122 de 12 de febrero de 2004
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2.
- encontrándose pendiente de resolución los recursos de apelación contra las alzadas indicadas, el amparo constitucional resulta improcedente
- APRUEBA