SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1578/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1578/2004-R

Fecha: 30-Sep-2004

improcedente

a)  Los ministros recurridos no incurrieron en ninguna actuación incoherente al pronunciar el Auto Supremo impugnado, pues revisaron el cumplimiento o no de los requisitos formales para la interposición del recurso de casación, y será cuando la Corte Suprema se pronuncie sobre el fondo que determinará si existe o no contradicción en los términos del art. 416 del CPP.

   b)  El Auto Supremo de admisión de recurso al no ser una resolución de fondo, constituye un actuado estrictamente procesal en el que no se han definido derechos de ninguna naturaleza a favor ni en contra del recurrente, por lo que mal pueden encontrarse en dicha resolución infracciones a los derechos fundamentales de la seguridad jurídica y a  la garantía del debido proceso.