Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2005-R

    Fecha: 17-Ene-2005

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades  recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • por ello, toda persona relacionada a una investigación, que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad.”
    • en el sentido del orden constitucional, las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional,
    • previamente utilice y agote los medios ordinarios o administrativos de defensa que tiene a su alcance para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales,
    • III.3.
    • III.4.
    • APRUEBA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca