SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2005-R
Fecha: 27-Ene-2005
II.2.
II.2. El 10 de diciembre de 2004, en la Dirección Departamental de la PTJ de La Paz, concretamente, en la División Económicos y Financieros, se recibió la denuncia de Nelio Peri Quiñajo Mamani, en su condición de empleado de la Empresa Renta Car Alí contra Ernesto Terceros Valencia -ahora recurrente- por la presunta comisión del delito de uso de instrumento falsificado, ocurrido el 4 de diciembre de 2004, cuando el recurrente alquiló una vagoneta, presentando como requisitos su cédula de identidad, fotocopias de licencia de conducir y una garantía de $US1.500.-, alquiler que debió ser por el tiempo de cuatro días; sin embargo, al cabo de tiempo señalado, el vehículo no fue devuelto (fs. 21 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Antonio Santa María, Fiscal adscrito a la Regional de DIPROVE de la Zona Sur
- Eddy Valda Revilla, Investigador asignado a DIPROVE de la Zona Sur
- Jimmy Pareja Bonifaz, Fiscal de Materia
- Carlos Guerrero Arraya, Juez de Instrucción Primero en lo Penal Cautelar
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- controlará: 1. Las condiciones físicas del imputado y el respecto estricto de todos sus derechos;
- III.3.
- III.4.
- III.5.