Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2005-R
Fecha: 27-Ene-2005
II.6.
II.6. El Fiscal de Materia recurrido -Jimmy Pareja Bonifaz-, ratificando su imputación formal, solicitó al Juez de Instrucción Primero en lo Penal -ahora también recurrido- la medida cautelar de detención preventiva del recurrente; a cuya consecuencia, el Juez recurrido por Resolución 903/2004, de 11 de diciembre, en audiencia dispuso la medida cautelar personal de detención preventiva a Ernesto Terceros Valencia, disponiendo se libre el correspondiente mandamiento de detención preventiva a cumplirse en la penitenciaría de San Pedro (fs. 24 a 25).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Antonio Santa María, Fiscal adscrito a la Regional de DIPROVE de la Zona Sur
- Eddy Valda Revilla, Investigador asignado a DIPROVE de la Zona Sur
- Jimmy Pareja Bonifaz, Fiscal de Materia
- Carlos Guerrero Arraya, Juez de Instrucción Primero en lo Penal Cautelar
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- controlará: 1. Las condiciones físicas del imputado y el respecto estricto de todos sus derechos;
- III.3.
- III.4.
- III.5.