Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2006-R
Fecha: 25-Ene-2005
II.5.
II.5. A través de la audiencia pública de constitución de Tribunal de 31 de marzo de 2004 (fs. 18 y 19) se constató que no se encontraban presentes ninguna de las partes del proceso, prosiguiéndose con la audiencia “no siendo causal de suspensión la inasistencia de los mismos (…) y al no haberse hecho presentes las partes, pierden el derecho de recusar” (sic). Con la correspondiente acta se notificó al representado Fabio Laura Mamani el 1 de abril de 2004 por cédula (fs. 78 del anexo complementario remitido a este Tribunal)
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- “improbado”
- 1.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- ejercer en su caso su derecho de presentar recusación, pero de manera particular, garantizar a la parte imputada asuma conocimiento de la existencia del proceso iniciado en su contra
- III.4.
- debido proceso
- derecho a la defensa
- APROBAR