SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1214/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1214/2005-R

Fecha: 03-Oct-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, anulando la providencia de 15 de enero de 2005, y ordenando se sustancie el incidente de nulidad suscitado, con los siguientes fundamentos: 1) presentado el incidente de nulidad de notificación con el Auto de Vista, éste merecía trámite de conformidad a los arts. 143 y ss. del CPT, toda vez que se trataba de un primer memorial después de las notificaciones practicadas a la parte demandada con esa Resolución; 2) el simple rechazo negando la consideración del incidente mediante providencia sin fundamentación legal y sin dar oportunidad a que el agraviado pueda hacer uso de otros recursos, es también denegatorio y afecta al debido proceso, al negarse a considerar la validez o invalidez de las notificaciones practicadas sin considerar la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional y en su caso sancionar al funcionario, restringiendo el derecho a la defensa, por cuanto no obstante la ejecutoria del Auto de Vista, el Tribunal de segunda instancia estaba facultado parta conocer el incidente.

En consecuencia, la situación planteada se encuentra parcialmente dentro de los alcances y previsiones del art. 19 de la CPE, de manera que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso contra el Oficial de Diligencias recurrido, no ha dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.