Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
declarado incompetente
Por consiguiente, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, al haberse declarado incompetente para conocer el recurso de amparo, obró de acuerdo a ley, sin embargo, no debió declarar improcedente el amparo, sino declarar su incompetencia en razón del territorio, disponiendo que el recurso sea planteado ante la autoridad competente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- excepción de incompetencia en razón del territorio,
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- '2) En las demandas por acciones personales (es competente) el juez del domicilio del demandado...'
- III.2.
- declarado incompetente
- REVOCAR