SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes alegan la vulneración de sus derechos a reunirse y asociarse para fines lícitos, a trabajar y dedicarse al comercio, la industria o cualquier actividad lícita, a la propiedad privada, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la defensa, aduciendo que los recurridos, en base a la ilegal RA 029/05, de 1 de febrero procedieron sin competencia, a la arbitraria intervención de COSAALT Ltda., así como a la suspensión de los miembros del Consejo de Administración y a la destitución del Gerente de esa Cooperativa, en desconocimiento de la normativa aplicable, sin previo proceso y en base a una auditoria que sólo tiene valor de prueba indiciaria. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- excepción de incompetencia en razón del territorio,
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- '2) En las demandas por acciones personales (es competente) el juez del domicilio del demandado...'
- III.2.
- declarado incompetente
- REVOCAR