SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 02/2005 de 10 de marzo, cursante de fs. 67 a 69 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por René Padilla Ledezma, Jaime Mendoza Nogales, Walter Francisco Hoyos Baldiviezo, Ángel Tejerina Posadas, David Alejandro Vega Camacho, René Fernando Solano Hidalgo, Presidente y Miembros de la Cooperativa de Agua y Alcantarillado de Tarija Limitada (COSAALT Ltda.) contra José Hernán Carrasco Menacho y Juan Carlos Carrasco Sequeiros, Interventor de COSAALT Ltda. y Director General de Cooperativas, Ministerio de Trabajo, al considerar violados los derechos a reunirse y asociarse para fines lícitos, a trabajar y dedicarse al comercio, la industria o cualquier actividad lícita, a la propiedad privada, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la defensa, consagrados en los arts. 7 incs. a), c), d) e i) y 16.IV. de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- excepción de incompetencia en razón del territorio,
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- '2) En las demandas por acciones personales (es competente) el juez del domicilio del demandado...'
- III.2.
- declarado incompetente
- REVOCAR