SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó y reiteró el tenor íntegro de la demanda interpuesta y añadió que el Código Tributario Boliviano es de cumplimiento obligatorio para todos los estantes y habitantes del país, en dicha disposición legal se insertó una disposición transitoria que establece el programa transitorio, voluntario y excepcional para el tratamiento de adeudos tributario en mora hasta el 31 de diciembre de 2002, aplicable al caso ya que el hecho ocurrió el 25 de junio de 2002, consecuentemente la propietaria del vehículo pretende acogerse al mismo sin embargo los funcionarios de la Aduana le rechazan la solicitud ya que a consecuencia del robo que sufrieron sus almacenes no existía ni el vehículo ni la mercadería olvidando que ambos estaban bajo su custodia y responsabilidad además que la negativa que contradice la disposición legal señalada puesto que el motivo que esgrime la Administración Aduanera no está dentro del marco de la Ley, sufriendo de ese modo una doble victimización pues por un lado pierden el vehículo y por otro los siguen procesando.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- concedió”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “
- III.3.
- III.4.