Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1254/2005-R
Fecha: 07-Oct-2005
menos aún interpretar los alcances de los contratos o convenios
Respecto al segundo punto, es decir a la interpretación del convenio colectivo de trabajo firmado en 1997 entre ENTEL S.A. y los representantes de los trabajadores, de acuerdo al entendimiento jurisprudencial contenido en el FJ III.2, la interpretación de la legislación ordinaria no le corresponde a la jurisdicción constitucional, menos aún interpretar los alcances de los contratos o convenios suscritos entre las partes, pues esa es una atribución de la jurisdicción ordinaria; lo contrario, significaría sustituir a las autoridades judiciales y administrativas en la función que legalmente tienen atribuida (SC 1971/2004-R, de 16 de diciembre).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 13
- III.3..
- menos aún interpretar los alcances de los contratos o convenios
- por una parte, no le corresponde valorar la prueba presentada por las partes y, por otra, la interpretación de los contratos, es una atribución de la jurisdicción ordinaria, que no puede ser suplida por la jurisdicción constitucional.
- APRUEBA