Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
II.7.
II.7. La Resolución 078/2005, de 2 de abril, declaró probado el incidente, en consecuencia se anuló obrados hasta fs. 44 vta., disponiendo que por actuaría se practique una nueva liquidación de acuerdo a los datos del proceso; asimismo se dispuso se expida en el día el mandamiento de libertad en favor del obligado (fs. 62-63 anexo), el que fue librado el 5 de abril de 2005 (fs. 64 anexo).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- El obligado fue notificado mediante cedula en el domicilio señalado en la demanda en presencia de un testigo de actuación el 23 de agosto de 2004 a horas 17:00
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- dado que sólo el conocimiento real y efectivo de la misma asegura que no se provoque indefensión en la tramitación y Resolución en el proceso
- III.4.
- APRUEBA