Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2005-R

    Fecha: 21-Oct-2005

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • recurso
    • I.1.1.
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • a)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.
    • está regido por los principios esenciales de la subsidiariedad y la inmediatez; en atención al primero de ellos, corresponde al recurrente agotar todos los recursos ordinarios que la ley le otorga para el reclamo de sus derechos que considere lesionados, y de mantenerse la lesión a sus derechos recién podrá solicitar la tutela constitucional
    • III.2.
    • "interpretando los alcances de las normas fundamentales previstas por el art. 19.IV de la CPE como también las previstas por los arts. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) con relación a las previstas por el art. 96 de la LTC, ha establecido entre otras sub-reglas, la improcedencia del amparo en aplicación del principio de subsidiariedad, la siguiente: "1) cuando las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno (…)”.
    • III.3.
    • APRUEBA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca