SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2005-R

Fecha: 28-Oct-2005

III.1.

III.1. De forma previa a ingresar al análisis de la problemática planteada, es preciso referirse a la supuesta falta de inmediatez en la interposición del recurso, alegada por los ministros recurridos, al afirmar que el Auto Supremo fue dictado el 20 de septiembre de 2004 y el presente amparo fue presentado el 4 de abril de 2005,  al respecto corresponde señalar que el principio de inmediatez está referido a la interposición del recurso en el plazo de seis meses desde que se conoció el hecho impugnado que se considera lesivo de los derechos fundamentales y garantías constitucionales o desde el agotamiento de los recursos previstos por ley, en ese sentido, conforme concluyó el Tribunal de amparo, en el presente caso la notificación con el Auto Supremo 518/2004, fue realizada al recurrente el 11 de octubre de  2004, por lo que hasta la interposición del presente recurso no transcurrieron los seis meses exigidos. En consecuencia, realizada esa precisión corresponde ingresar al análisis de las supuestas irregularidades en las que habrían incurrido las autoridades recurridas.