SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1363/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1363/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) el pliego de cargo 79-328 es de “fecha 26 del año 2001”, y el Tribunal Constitucional ha determinado línea firme estableciendo 6 meses para impugnar cualquier acto, pero en el caso “el principio de inmediatez que hace la licencia del amparo constitucional está ausente”; b) los hechos expuestos deben ser dilucidados en las oficinas del Servicio Nacional de Impuestos Internos, como son las impugnaciones de notificaciones y otros actos procesales, pues el Tribunal no puede resolverlas, ya que su competencia se abre sólo para conocer cuestiones de puro derecho; c) el pliego de cargo está totalmente ejecutoriado y con autoridad de cosa juzgada en virtud al “art. 305 del CT”; y d) la recurrente pudo hacer uso de los recursos ordinarios que establece el propio Código Tributario, como el recurso de revocatoria del que no hizo uso.