SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2005
Fecha: 08-Nov-2005
Fragmento 15
En cuanto a que las pruebas de campo con OGMs o transgénicos estuviesen suspendidas en todo el territorio nacional por expresa determinación del art. 4 del DS 25929, sobre el particular en la especie se impugna la RA VRNMA 042/04, de 3 de noviembre de 2004, por la que se autorizó a ANAPO la realización de ensayos de campo con fines semicomerciales y de carácter experimental con soya genéticamente modificada, Evento 40-3-2; empero, en vista de que por AC 358/2005-CA, de 25 de julio, la Comisión de Admisión de este Tribunal rechazó el recurso con relación a la indicada Resolución Administrativa, por haber sido presentado en forma extemporánea, no corresponde ningún análisis al respecto, aclarando sin embargo, que la autorización para la realización de pruebas de campo en el caso que ha motivado la Resolución 016/2005, de 14 de marzo fue efectuada por el Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente en 1998.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- admitió el recurso respecto de la RA 016/2005, de 14 de marzo
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.
- Fragmento 15
- III.4.
- III.5.