SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2005
Fecha: 08-Nov-2005
III.2.
III.2. Realizada esa precisión y a los efectos de resolver la problemática planteada, corresponde en primer término referirse al DS 24676, 21 de junio de 1997, que por una parte aprueba el “Reglamento de la Decisión 391 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena” y por otra el “Reglamento de Biodiversidad”. Este último Reglamento, tiene por objeto reglamentar los arts. 8 inc. g) y 19.3 y 4 del Convenio sobre Diversidad Biológica, ratificado por Ley 1580, de 25 de julio de 1994, con la finalidad de minimizar los riesgos y prevenir los impactos ambientales relacionados con actividades de introducción, investigación, manipulación, producción, utilización, transporte, almacenamiento, conservación, comercialización, uso y liberación de OGMs obtenidos a través de técnicas de ingeniería genética, sus derivados y/o los organismos que los contengan.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- admitió el recurso respecto de la RA 016/2005, de 14 de marzo
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.
- Fragmento 15
- III.4.
- III.5.