SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0085/2005
Fecha: 08-Nov-2005
II.2.
II.2. Por DS 25929, de 6 de octubre de 2000, se conformó una comisión compuesta por organizaciones nacionales de campesinos, colonizadores, indígenas, instituciones gubernamentales, científicas y técnicas para su participación activa en la elaboración, modificación y complementación de leyes y normas referidas a la biodiversidad, incluyendo acceso a recursos genéticos y bioseguridad (art. 1), para que en un plazo no mayor a sesenta días calendario revisen el DS 24676 (anteriormente citado), al cabo del cual deben emitir un informe conteniendo sus recomendaciones (art. 2). El art. 4 del DS 25929 establece que quedan suspendidas, durante el plazo de revisión establecido, todas las pruebas de campo con la producción de alimentos transgénicos, hasta la emisión del informe final en el que se establecerán las recomendaciones sobre las complementaciones a los reglamentos de acceso a recursos genéticos y bioseguridad.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- admitió el recurso respecto de la RA 016/2005, de 14 de marzo
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.
- Fragmento 15
- III.4.
- III.5.