SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2005-R

Fecha: 14-Nov-2005

I.1.1.

En el memorial de 24 de marzo de 2005 (fs. 3 a 4 vta.), Adalberto Canido Salvatierra, a nombre y representación de Humberto Monasterio Iglesias, manifiesta que su mandante ha tomado conocimiento extra oficial de “que existiría” una denuncia penal en su contra interpuesta por Luis Gustavo Auzza Macías por la inexistente comisión de los delitos de falsedad material e ideológica, estando la investigación a cargo del Fiscal de Materia recurrido.

Alega que el denunciante solicitó la realización de un estudio grafotécnico que se encuentra en elaboración, y al haber concedido el mismo, el Fiscal vulneró las garantías constitucionales de su representado porque en ningún momento se le notificó ni comunicó la petición, pretendiendo concluir la realización del estudio grafotécnico en estado de indefensión, para posteriormente ser utilizado en la fabricación forzada de inexistentes delitos, sin darle oportunidad de que conozca su producción y realización.

Concluye indicando que las autoridades recurridas incurrieron en ilegalidades manifiestas al pretender realizar una prueba pericial clandestina, vulnerando la garantía del debido proceso, al no respetar las formalidades y procedimientos esenciales en la realización de las diligencias probatorias y el derecho a la defensa al pretender obtener una prueba colocando en estado de indefensión a su mandante.