SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2005-R

Fecha: 22-Nov-2005

b)

b) El INASES a través de la nota de 3 de febrero de 2005 expresó al recurrente que al no ser sólo un certificado, la causa del incumplimiento de la Resolución de Afiliación y Reafiliación por parte de la CNS y al estar en espera del informe legal y antecedentes de un adeudo significativo de la empresa a dicho ente gestor, recomendó que ésta, siga aportando y recibiendo las prestaciones en el régimen de corto plazo de la CNS. Asimismo, por nota dirigida a la Administradora Regional de la CNS de 28 de enero de 2005, se establece que el INASES retiró la autorización de afiliación y desafiliación dispuesta por Resolución 020/2004. En consecuencia, para determinar la afiliación o desafiliación en el amparo constitucional, la empresa recurrente debió haber demandado al INASES que tiene la facultad de admitir o retirar dicho trámite, determinándose que en el caso existe falta de legitimación pasiva en el sujeto demandado, lo que hace improcedente el recurso ya que si el Tribunal de amparo resolviera conforme lo solicita la parte recurrente, el INASES estaría siendo juzgado en indefensión.