SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2005-R

Fecha: 22-Nov-2005

II.10.

II.10. A través del oficio de 2 de febrero de 2005 (fs. 86 a 87), el recurrente tomando conocimiento de los hechos descritos en el punto anterior, reiteró que su representada no debe nada, pidiendo autorice a la Caja de la Banca Privada su reafiliación. El 3 de febrero de 2005 (fs. 88), el Director Ejecutivo a.i. del INASES le indicó que existiría un adeudo significativo por parte de la Cooperativa y no sería solo la falta del certificado la causa del incumplimiento de la Resolución de Desafiliación y Reafiliación, por lo que al estar a la espera de antecedentes, le instruyó que siga aportando a la CNS, no siendo posible su reafiliación a la Caja de Salud de la Banca Privada en tanto no se aclare y resuelva esa situación.