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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1503/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1503/2005-R

    Fecha: 25-Nov-2005

    APRUEBA

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la  Resolución cursante de fs. 202 vta. a  204,  pronunciada el 16 de abril de 2005 por  el Juez de Partido y de Sentencia de Camiri, Distrito Judicial de Santa Cruz.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.  Armando Echalar Torres
    • II.4.
    • Armando  Echalar Torres interpuso apelación
    • III.1.
    • 1)
    • III.2.
    • el actor podía haber ejercido dentro del proceso ejecutivo la potestad de oponer un incidente de nulidad de citación
    • III.3.
    • III.4.
    • la primera,
    • no se puede compulsar la problemática si no ha sido recurrida la autoridad o persona que tiene la facultad de revisar, consiguientemente, modificar, confirmar o revocar el acto o resolución puesto en su conocimiento, ya que en la última instancia
    • APRUEBA

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