SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1530/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1530/2005-R

Fecha: 29-Nov-2005

II.1.

II.1. Dentro del proceso de asistencia familiar seguido por Sandra Añez Maiquena contra Rolando Bustos -recurrente-, cuya demanda fue declarada probada. El 24 de septiembre de 2005, la Actuaria del Juzgado practicó la liquidación de las pensiones devengadas desde el 18 de agosto de 2005 hasta el 18 de septiembre de 2005 que arrojó la suma de de Bs1950.-; en cuyo mérito, la Jueza recurrida mediante providencia de 28 de septiembre ordenó su notificación al recurrente conminando a su pago en el plazo de tres días bajo apercibimiento de librarse mandamiento de apremio (fs. 7).

Conforme consta de la diligencia cursante a fs. 8 con dicha providencia se “notificó” al recurrente el 3 de octubre de 2005 a horas 10:00, mediante cédula en su “domicilio procesal señalado en fs. 32 vta.” sic, en cuya diligencia no existe especificación del indicado domicilio ni si la cédula fue fijada en la puerta del mismo o si fue entregada a su abogado, firmando en constancia el testigo de actuación David Quispe (fs. 8).