SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1531/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1531/2005-R

Fecha: 29-Nov-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 18 de abril de 2005 (fs. 71 a 73 vta.), el recurrente asevera que la Cooperativa Esmeralda Ltda. es propietaria de 810.000 m2.; sin embargo, ante problemas de orden interno y avasallamiento ilegal de personas ajenas se dispuso la intervención de la Cooperativa de vivienda y servicios “La Esmeralda Ltda.”, por parte de la Dirección General de Cooperativas dependiente del Ministerio de Trabajo. 

Señala, que desde la fundación de dicha Cooperativa, existieron problemas en relación a la definición del derecho propietario individualizado de cada uno de los socios, que no permitió la marcha normal de la misma, situación que viene siendo aprovechada por terceras personas como por supuestos socios, que invadiendo la propiedad privada de la cooperativa, vienen construyendo murallas y viviendas sin tener derecho alguno para ello, procediendo a apropiarse por la fuerza de los lotes de terreno sin cumplir con los requisitos exigidos por ley y por las normas de urbanismo de la Alcaldía de Sacaba.

Agrega, que anteriores interventores juntamente con personeros de la cooperativa que representa y, por reclamos verbales y escritos ante el Gobierno Municipal verificaron los hechos reclamados, permitiendo que se emita la Ordenanza Municipal (OM) 122/99, de 5 de octubre de 1999, en atención a la cual, el Ejecutivo recurrido emitió la Resolución Administrativa (RA) 011/2005 que dispone que las construcciones de área urbana, eje de conurbación y dentro de las urbanizaciones que no tengan permiso serán objeto de procesos de demolición correspondiente.  Dichas determinaciones no se vienen ejecutando permitiendo que loteadores inescrupulosos continúen construyendo a la fecha sin respetar normas de urbanismo ni el derecho propietario que asiste a los de la cooperativa; situaciones ante las cuales y por la inactividad del recurrido, tuvo que reiterar mediante memorial de 1 de abril de 2005, dirigida al Alcalde Municipal de Sacaba -ahora recurrido-, solicitando que cumpla y ejecute sus propias determinaciones, es decir, la RA 011/2005, como acredita también el memorial de 15 de abril de 2005; por lo que interpone el presente recurso.