Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1531/2005-R
Fecha: 29-Nov-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
El recurso se interpone contra Luis Orellana Rojas, Alcalde Municipal de Sacaba, solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional y se cumpla la Ordenanza Municipal 122/99, de 5 de octubre de 1999 y la RA 011/2005, de 23 de febrero, previa acreditación del derecho propietario de cada uno de los socios de la Cooperativa; asimismo, se disponga la paralización inmediata de cualquier construcción en la zona entre tanto el titular del derecho pueda presentar su documentación ante la Alcaldía y recibir la autorización respectiva; finalmente, se respete y haga respetar el plano de la Cooperativa de Vivienda y Servicios “La Esmeralda Ltda.”.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2.
- sin subsanar en sede administrativa, las observaciones realizadas a su solicitud de 1 de abril de 2005; acudió directamente a la vía del amparo
- APRUEBA