SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1531/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1531/2005-R

Fecha: 29-Nov-2005

I.2.1.

El abogado y recurrente, ratifica in extenso el contenido de su demanda, agregando que ante insistentes memoriales presentados, la Alcaldía asumió algunas medidas para cumplir sus funciones y que la prueba acompañada es de data anterior a la Resolución emitida por la Alcaldía y que los loteadores quieren apoderarse de los inmuebles de los socios de la Cooperativa Esmeralda Ltda., no habiendo el Municipio asumido una verdadera actuación en cumplimiento del art. 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades, hecho que permite que ocurran enfrentamientos y que incluso propiedad de la Alcaldía sea avasallada, como ser áreas verdes y caminos y, que en su memorial de 1 de abril señalaron domicilio procesal en la secretaría del Alcalde; por otra parte, el recurrido pese a tener conocimiento de los hechos que se cometen en la urbanización y, no obstante que una resolución debe ejecutarse de manera inmediata; sin embargo, desde hace dos meses atrás que no se hace nada, vulnerado el derecho a la propiedad privada; con referencia a que existe un proceso administrativo pendiente, se pregunta porque no se les informó de ello, que el decomiso de materiales de construcción no es una medida efectiva y que es falso que no tenga personería para intervenir en representación de la Cooperativa ya que por mandato de la Ley de Cooperativas tiene personería para representar a la Cooperativa y que la Alcaldía admitió su personería cuando aceptó el memorial que presentó a dicha entidad, prueba de ello es que su persona se reunió con el Alcalde, el Vice Ministro de Cooperativas y miembros de la Cooperativa, asimismo, pidió se explique que debe hacer para que se pueda cumplir la resolución de demolición y que todos los hechos hacen vulnerable la seguridad jurídica.