SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1553/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1553/2005-R

Fecha: 05-Dic-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

Los recurrentes ratificaron y reiteraron los extremos de la demanda, señalando que los vocales recurridos al ordenar que la Aduana notifique y otorgue 20 días de plazo, inducen a la nulidad prevista en el art. 31 de la CPE, puesto que la Aduana sólo recauda tributos y no analiza descargos sobre delitos aduaneros, evidenciándose que los recurridos ampliaron y tergiversaron los efectos  de la SC 0888/2004-R.