Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1553/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los recurrentes ratificaron y reiteraron los extremos de la demanda, señalando que los vocales recurridos al ordenar que la Aduana notifique y otorgue 20 días de plazo, inducen a la nulidad prevista en el art. 31 de la CPE, puesto que la Aduana sólo recauda tributos y no analiza descargos sobre delitos aduaneros, evidenciándose que los recurridos ampliaron y tergiversaron los efectos de la SC 0888/2004-R.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el carácter vinculante de las sentencias emerge de la
- III.2.
- 1)
- las autoridades hoy recurridas incurrieron en un acto indebido al ordenar se de “cumplimiento” a la SC 888/2004-R,
- en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales
- 2º CONCEDE