SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1553/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
II.8.
II.8. El 1 de julio de 2004 (fs. 292 a 295), Ramón Kattan y Yamile Elizabeth Kattan interpusieron excepción de cosa juzgada y solicitaron “cumplimiento” de la SC 888/2004-R, que aprobó la improcedencia de un otro recurso de amparo constitucional interpuesto por la Gerencia Regional de Santa Cruz contra los vocales, ahora recurridos, por haber confirmado la Resolución del Juez Séptimo de Partido en lo Penal, que declaró la nulidad de todo lo actuado dentro del proceso penal que sigue la Aduana a los ejecutivos de ZOFRASMAT S.A. hasta que sean legalmente notificados todos los imputados con el informe 1256/2001, de 2 de marzo, que originó la apertura del proceso penal, excepción que fue rechazada por Auto de 26 de julio de 2004 (fs. 79 y vta.), pronunciado el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal.
Contra esa resolución los mismos sindicados formularon recurso de apelación (fs. 80 a 84), alegando que el Juez a quo rechazó indebidamente la excepción de cosa juzgada y no se pronunció sobre el incidente de “cumplimiento” de la SC 0888/2004-R, solicitando se declare probada tal excepción y “se ordene el cumplimiento” de la SC 0888/2004-R, apersonándose el 19 de octubre de 2004 ante el Tribunal de apelación para fundamentar su recurso (fs. 386 a 389 vta), donde reiteraron su pedido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el carácter vinculante de las sentencias emerge de la
- III.2.
- 1)
- las autoridades hoy recurridas incurrieron en un acto indebido al ordenar se de “cumplimiento” a la SC 888/2004-R,
- en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales
- 2º CONCEDE