Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1596/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
II.3.
II.3. El 11 de febrero de 1989, mediante testimonio notarial 29/89, el recurrente Juan Villarroel Rodríguez adquirió a título de compra venta de Francisco Flores, Carmen Bautista de Flores, Martha Flores, Isabel Flores y Nicolás Flores, un lote de terreno con una superficie de 192 m2, con los siguientes límites al norte con el lote de Venancio Chuquimia, al sur con la av. Roma, al este con el lote de A. Huarachi y al oeste con el lote del ahora recurrente (fs. 6 a 8).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente antes de acudir ante la justicia constitucional haciendo uso de esta acción tutelar, debía agotar todos los medios ordinarios de defensa que tuviera a su alcance en la instancia donde se acusa la vulneración
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA