Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1596/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
II.6.
II.6. El 24 de marzo de 2005, mediante memorándum U.F.I. - S.A.Z.S. 063/2005, dirigido al Colegio Saint Germain, Benjamín Ledezma C., Fiscal Predial instruyó la paralización de obras y el desalojo urgente, solicitando a los propietarios a realizar estudio de suelos, análisis estructural del edificio, comunicando que se procedería a la verificación del cumplimiento o no del instructivo del 28 de marzo de 2005 (fs. 10).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente antes de acudir ante la justicia constitucional haciendo uso de esta acción tutelar, debía agotar todos los medios ordinarios de defensa que tuviera a su alcance en la instancia donde se acusa la vulneración
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA