Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1654/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
bajo la Dirección del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional
No obstante lo anotado, de la revisión del expediente se constata que la exigencia contenida en el art. 74 de la LOJ ha sido cumplida por los recurridos, toda vez que, una vez sorteada la causa a la Sala Penal Segunda del Tribunal Agrario Nacional (fs. 398 vta.), mediante providencia de 4 de octubre de 2004, se dispuso el sorteo del expediente para el día 6 de octubre; fecha en la cual, previa notificación a las partes, se procedió al sorteo, bajo la Dirección del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, como consta del sello y la firma cursante a fs. 407.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- sin que en su memorial haya referido nada sobre el hecho de que el recurrente interpuso el recurso de casación en el fondo y nulidad.
- II.3.
- II.5.
- III.1.
- SC 1337/2003-R
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- bajo la Dirección del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional
- III.5.
- APRUEBA