SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1654/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.1.
II.1. Dentro del proceso ordinario de reivindicación, acción negatoria y desocupación bajo conminatoria de desapoderamiento y cobro de daños y perjuicios seguido por Ida Olender Mejía en representación de Judith Olender Mejía contra Kwi Won Byon Lee, luego de haber el Tribunal Agrario Nacional mediante Auto Nacional Agrario 48/2003 anulado obrados hasta fs. 34 inclusive (fs. 228-231 vta.), la Jueza Agraria de Pailón del Distrito de Santa Cruz, emitió la Sentencia 6/2004, de 7 de julio (fs. 384-386), por la que declaró probada la demanda de reivindicación y ordenó al demandado a que en el término de quince días posterior a la ejecutoria de la Sentencia proceda a la desocupación y entrega de los predios demandados e improbada la demanda reconvencional de mejor derecho propietario interpuesta por el demandado, son costas por ser proceso doble.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- sin que en su memorial haya referido nada sobre el hecho de que el recurrente interpuso el recurso de casación en el fondo y nulidad.
- II.3.
- II.5.
- III.1.
- SC 1337/2003-R
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- bajo la Dirección del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional
- III.5.
- APRUEBA