Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
Fragmento 3
Con esos antecedentes, interpone recurso de hábeas corpus contra Hermógenes Ledesma Ayaviri, Juez de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Pando solicitando sea declarado procedente y se deje sin efecto la orden del Juez que dispone se ejecute el mandamiento de condena, hasta la ulterior decisión del Tribunal Constitucional.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- pues la actividad jurisdiccional ordinaria no está sometida a los actos de la jurisdicción constitucional de hecho, de modo que la mera interposición de un recurso ante esta jurisdicción no implica que la autoridad judicial en la jurisdicción ordinaria deba suspender la celebración de actos ni abstenerse de dictar resoluciones
- SC 1213/2004-R
- III.2.
- APROBAR