Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Antonio Pinedo Suárez y otros por el delito de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, el 5 de septiembre de 2002, se dictó Sentencia condenatoria imponiendo al referido imputado y otros, doce años de presidio, Resolución que en apelación fue confirmada por el Auto de Vista 35/2002, de 25 de noviembre, y fue elevada en recurso de casación ante la Sala Penal Primera de la Corte Suprema, la que mediante el Auto Supremo 178, de 30 de mayo de 2005, declaró no haber lugar a la extinción de la acción penal, improcedentes e infundados los recursos interpuestos (fs. 17 a 33 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- pues la actividad jurisdiccional ordinaria no está sometida a los actos de la jurisdicción constitucional de hecho, de modo que la mera interposición de un recurso ante esta jurisdicción no implica que la autoridad judicial en la jurisdicción ordinaria deba suspender la celebración de actos ni abstenerse de dictar resoluciones
- SC 1213/2004-R
- III.2.
- APROBAR