Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión, la Resolución de 11 de noviembre de 2005, cursante de fs. 39 a 40, pronunciada por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Lisbeth Erquicia Burgos en representación por mandato de Antonio Pinedo Suárez contra Hermógenes Ledesma Ayaviri, Juez de Partido en lo Civil, alegando persecución indebida y la vulneración del derecho a la libertad de su representado previstos en los arts. 6.II, 7 inc. g) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- pues la actividad jurisdiccional ordinaria no está sometida a los actos de la jurisdicción constitucional de hecho, de modo que la mera interposición de un recurso ante esta jurisdicción no implica que la autoridad judicial en la jurisdicción ordinaria deba suspender la celebración de actos ni abstenerse de dictar resoluciones
- SC 1213/2004-R
- III.2.
- APROBAR