SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

b)

b)  El art. 313 del CTb no prevé como requisito formal para el planteamiento de tercería de dominio excluyente, el empoce del 5% de la base en que se hubiera realizado la subasta, por lo que la exigencia del SIN resulta excesiva, pues la norma citada no es supletoria ni remisiva a otra ley análoga, por lo que el SIN incurrió en infracción al emitir el decreto de 22 de abril de 2005, en desconocimiento incluso del art. 8 de la “Ley 1602 de 15 de diciembre de 1994”.