SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

I.2.3. Intervención del tercero interesado

El representante de REFISUR S.A. en su condición de tercero interesado expresó que el trámite de la tercería de derecho excluyente formulada por los ex trabajadores de REFISUR S.A. contra el SIN no mereció el trámite correspondiente, porque no se cumplió con la ley, pues el SIN la rechazó sin previo traslado a REFISUR S.A. y sin motivo alguno. Señaló que el producto en cuestión no es de propiedad de REFISUR sino de los ex trabajadores a quienes se les adjudicó el producto, lo que demuestra su derecho propietario que emerge de beneficios sociales que tienen un tratamiento prioritario. Agregó que el SIN presentó una serie de notas al Juzgado de Trabajo impidiendo los derechos de los trabajadores, correspondiendo al SIN suspender el embargo pues el Juez laboral cumplió con su deber de adjudicar los productos a favor de los ex trabajadores quienes son propietarios del  producto y no de los tanques.