SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1690/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.4.
II.4. Por Auto de Vista 199 de 19 de abril de 2004, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz anuló el Auto de 13 de octubre de 2003 y ordenó que el expediente de la apelación sea remitido ante el Juzgado Quinto de Partido de Familia, con el argumento de que existiendo doble sorteo de dicha apelación, el segundo de fecha 1 de octubre de 2003 fue efectuado fuera de horario hábil a horas 12:45, por lo que en aplicación a las normas del art. 157 de la LOJ era nulo (fs. 41 y 42), ante lo cual la recurrente pidió complementación y enmienda, para que se disponga que la nulidad debe comprender hasta fs. 292 y se efectúe un nuevo sorteo, pues el sorteo de 26 de septiembre de 2003 convalidado no consigna la firma del vocal semanero (fs. 43 y vta.); misma que fue rechazada por Auto de 27 de abril de 2004, por no existir nada oscuro (fs. 44).