SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que no obstante que el 3 de octubre de 2005 solicitó cesación de detención preventiva, toda vez que se encuentra detenido por casi tres años sin que exista sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra; la autoridad recurrida dispuso por decreto de 4 de octubre del mismo año, que previamente, en atención a las SSCC 0767/2004-R y 0850/2004-R, por Secretaria se elabore una relación circunstanciada sobre el estado del proceso que se le sigue y que se eleve informe ante las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia sobre la solicitud de la cesación de la detención preventiva, sin valorar los documentos que acompañó y que hacen viable su solicitud. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar o no la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho,
- III.3.
- los fundamentos determinantes del fallo o rationes decidendi, son vinculantes y, por tanto, de obligatoria aplicación para los Poderes del Estado, legisladores, autoridades, tribunales y jueces (en todos sus niveles jerárquicos),
- a) SC 0767/2004-R, de 17 de mayo,
- quien informará de la solicitud al Tribunal en que se halla el proceso para que remita los antecedentes pertinentes', remisión que sólo será procedente 'cuando la parte solicitante no presente la prueba pertinente sobre el estado del proceso en apelación o casación'
- b) SC 0850/2004-R, de 2 de junio,
- informarán de la solicitud al Tribunal en que se halla el proceso para que remita los antecedentes pertinentes cuando la parte solicitante no presente la prueba necesaria sobre el estado del proceso en apelación o casación.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR