Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2005-R
Fecha: 01-Feb-2005
II.4.
II.4. En 4 de octubre de 2002 (fs. 317 vta.), el Juez decretó autos para Sentencia, la cual fue dictada el 7 de noviembre de dicho año (fs. 318 a 321), declarando improbada la demanda principal, probada la reconvencional y las excepciones. El representante del Gobierno Municipal de La Paz formuló apelación (fs. 328 y 329).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente previamente agote los medios ordinarios
- 1)
- y, luego ante las superiores a ésta, hasta agotar todas las instancias,
- Autos de Vista que resolvieren en apelación las sentencias definitivas en los procesos ordinarios,
- III.3.
- APRUEBA