Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.5.
II.5. El 18 de enero de 2002, el recurrente fue declarado rebelde y contumaz a la Ley, disponiéndose que la Instrucción se tramite en rebeldía y se le designó a Juan Carlos Castellón Jaimes como defensor de oficio, actuados que le fueron notificados al recurrente mediante edictos (fs. 73 a 77); por su parte el defensor de oficio sólo presentó los memoriales cursantes de fs. 80 a 89 de contrainterrogatorio a los testigos y de objeción al requerimiento en conclusiones.