SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
procedente
La Sentencia cursante de fs. 257 a 260 pronunciada el 23 de diciembre de 2004, por el Juez de Partido Cuarto Liquidador en lo Penal del Distrito Judicial de Oruro, declaró procedente el recurso disponiendo la nulidad de obrados hasta que se dicte el Auto inicial del proceso vale decir hasta fs. 46 con el siguiente fundamento: a) el recurrente fue procesado en rebeldía, los defensores de oficio no asumieron defensa en su favor ni ofrecieron pruebas; b) fue citado en un domicilio ajeno; c) el Auto inicial de la Instrucción fue pronunciado el 10 de agosto de 2001, cuando se encontraba en vigencia el Nuevo Código de procedimiento penal, que en su cláusula transitoria tercera señala que las causas en trámite continuaran rigiéndose según el régimen procesal previsto por el Código de procedimiento penal de 1972.