SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0189/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0189/2005-R

Fecha: 04-Mar-2005

III.2.

III.2.   Con relación a la denuncia presentada por el actor contra la Fiscal y el Juez recurridos, corresponde hacer referencia a la SC 160/2005-R, de 23 de febrero, cambiando la jurisprudencia señalada en las SSCC 133/2000R, 149/2001-R, 341/2001, 0832/2004-R y 847/2004- R -entre otras-, ha establecido los supuestos de subsidiariedad en el recurso de hábeas corpus, conforme al siguiente entendimiento jurisprudencial:

La SC 160/2005-R, antes glosada, estableció en el Fundamento jurídico III.2, que las Resoluciones que disponen, rechazan o modifican las medidas cautelares, son impugnables a través del recurso de apelación previsto en el art. 251 del CPP, y que ese recurso, al ser idóneo, eficaz e inmediato, es el que debe ser utilizado por los imputados cuando se alegan lesiones al derecho a la libertad, conforme al siguiente entendimiento: